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Cumplimiento de la Ley General del Derecho de les Personas con Discapacidad

El projecte social de Mas Albornà

Con responsabilidad social, todos ganamos

Actuar con parámetros socialmente responsables es un compromiso voluntario de las empresas y las instituciones con el desarrollo social y medioambiental que comporta mejoras en competitividad y rentabilidad.

La Fundación Mas Albornà podemos ser un colaborador para las empresas que quieran cumplir criterios de responsabilidad social, ya sea mediante la contratación de personas con discapacidad, contratando servicios o haciendo una donación.

Contratar personas
Contratar personas

Contratar personas

Las empresas de más de 50 trabajadores/as están sujetas al Decreto 1/2013, de 29 de noviembre, Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, que establece la obligación de que, al menos, el 2% de la plantilla sean trabajadores/as con discapacidad.

En Mas Albornà ponemos a disposición de las empresas un servicio de inserción (empresas/servicio de inserción) ofrecemos apoyo a la persona y la empresa para la adaptación al puesto de trabajo y hacemos seguimiento.

La ley también prevé la creación de servicios externos (empresas/servicios externos) en las empresas.
Medidas alternativas
Medidas alternativas

Medidas alternativas

¿Quú pasa si la empresa no puede contratar personas con discapacitat? Puede cumplir la ley a través de la contratación de bienes o servicios.

En caso de que las empresas no puedan incorporar personas con discapacidad, el Decreto 364/2005, de 8 de abril, regula el cumplimiento alternativo a la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad, como la contratación de suministros o de prestación de servicios con un Centro Especial de Trabajo (CET).

Mas Albornà cuenta con el CET de iniciativa social. Con nuestra amplia oferta en servicios (manipulados y envasados, jardinería, limpieza, lavandería, etc.), podemos ser un buen aliado de las empresas para cumplir con las medidas alternativas a la contratación directa de personas.
Donaciones o patrocinio
Donaciones o patrocinio

Donaciones o patrocinio

Otras medidas alternativas previstas en la legislación vigente son las donaciones o el patrocinio con equivalencia monetaria a la contratación de personas con discapacidad..

Beneficios fiscales de realizar una donación a las personas jurídicas

Donaciones en general – deducción 33%

Donaciones plurianuales en la misma entidad durante al menos 3 años por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior. – deducción 40%

Limite deducción base liquidable – deducción 10%